Arraigo laboral en Ciudad Real

¿Conoces el nuevo arraigo laboral? Con la nueva reforma del Reglamento de extranjería que entró en vigor en agosto de 2022 se cambiaron algunos de los requisitos que debían cumplir los extranjeros para solicitar el arraigo laboral en nuestro país.

El primero de ellos y más importante es que, a partir de ahora, para poder tramitar este arraigo laboral deberás encontrarte en situación irregular en el momento de presentar la solicitud. Esto quiere decir que si tienes en trámite el asilo o un recurso frente a la resolución denegatoria de asilo deberás desistir de este procedimiento. Ya que, de lo contrario, tu arraigo laboral será inadmitido a trámite.

Otro de los requisitos que debes cumplir para solicitar el arraigo laboral en Ciudad Real es que debes llevar residiendo en nuestro país un mínimo de dos años y carecer de antecedentes penales en tu país de residencia o en el país o países donde hayas residido en los últimos 5 años.

Además, también deberás acreditar que has trabajado en nuestro país un mínimo de 6 meses en los últimos dos años con una jornada laboral semanal que no debe ser inferior a 30 horas. En el caso de que hayas trabajado a una jornada semanal inferior también puedes obtener este arraigo laboral. Pero en este caso deberás acreditar un mínimo de 15 horas semanales trabajadas en un periodo de referencia de 12 meses dentro de los dos últimos años.

Asimismo, también puedes acreditar el cumplimiento de este requisito si has sido autónomo durante un periodo mínimo de seis meses continuados.

Despacho de abogados en Bolaños de Calatrava

Tramitación arraigo laboral en Ciudad Real

Si cumples con los requisitos indicados anteriormente para tramitar tu arraigo laboral en Ciudad Real, no dudes en contactar con nuestro despacho de abogados para tramitar tu procedimiento.

Pero, antes de nada, debes saber cuál es la documentación que vamos a necesitar para tramitar este arraigo:

  • Modelo EX 10
  • Pasaporte completo
  • Certificado de empadronamiento o documentación que acredite que llevas residiendo en España, como mínimo, dos años
  • Certificado de antecedentes penales de tu país de origen o del país o países en los que hayas residido durante los últimos cinco años, legalizado o apostillado y, en su caso, traducido
  • Informe de vida laboral o documentación que acredite la existencia de las relaciones laborales

Una vez que tengas toda esta documentación, podemos comenzar con tu expediente de arraigo laboral. En estos casos extranjería dispone de un plazo de tres meses para resolver, aunque dependiendo de tu provincia de residencia el plazo puede variar

Si estás interesado en tramitar el arraigo laboral o cualquier otro trámite de extranjería, como solicitar la nacionalidad española por residencia, pide cita con nuestro despacho para conocer de antemano tu situación  y así poder asesorarte.

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